Resulta muy llamativo que muchos conductores desconocen completamente la posibilidad de acabar metido en la cárcel por infracciones de tráfico. Sin embargo, el 32% de las condenas en España, están relacionadas con la seguridad vial. Y resulta una cifra preocupante.
Por ello, vamos a detallar las cinco infracciones de tráfico que pueden acarrear pena de cárcel, para que todo el mundo pueda conocerlas y por supuesto, pueda evitarlas. No obstante, se trata de infracciones que se deberían conocer desde un principio pues se enseñan cuando uno se saca el carnet de conducir.
- Exceso de velocidad. El superar los límites de velocidad en las carreteras españolas es algo tremendamente común. Tan común, que poca gente le presta la atención necesaria. Pero si superas por 60 km/h la velocidad máxima en vías urbanas, o por más de 80 km/h en interurbanas, te arriesgas a una pena de tres a seis meses de prisión. Además, hay que pagar una multa que en ocasiones, es muy elevada, te quedarás sin permiso de conducir entre uno y cuatro años y tendrás que realizar trabajos en beneficio de la comunidad.
- Alcohol y drogas. Se trata de uno de los delitos relativos a la seguridad vial más comunes de España. Cada día a aparecen noticias relacionadas con conductores ebrios o con rastros de droga en su organismo, delitos que pueden conllevar hasta seis años de cárcel. Si la tasa de alcohol es superior a 0,60 mg/l, la condena va de tres a seis meses de prisión, con una multa que abarca de seis a doce meses, con hasta 90 días de trabajos para la comunidad y retirada del carnet de conducir de uno a cuatro años. Si por el contrario, el positivo es de drogas, puedes acabar en la cárcel de uno a seis años con retirada del permiso de conducir de uno a cuatro años.
- Conducir sin carnet. Sorprendentemente, conducir sin carnet es otra falta común en España. De hecho, suele ir asociada a alcoholemia y a positivo por drogas, algo realmente imperdonable. Si conducimos sin carnet, la pena de cárcel va de seis meses hasta los dos años, con una multa de doce a catorce meses y trabajos para la comunidad de 31 a 90 días.
- Conducción temeraria. Ese concepto abarca muchas cosas, como las dos primeras faltas que hemos comentado, pero también adelantamientos peligrosos, maniobras indebidas e incluso saltarse un semáforo en ámbar en un cruce. Lo que menos podría pasar si nos acusan de conducción temeraria sería una retirada de carnet de hasta seis años, pero podríamos acabar en prisión de uno a seis años.
- Crear riesgo para la circulación. Ojo con esto, pues el típico gesto de tirar una colilla por la ventana es crear riesgo para la circulación y conlleva de tres a seis meses de prisión. Además, también nos arriesgamos a una multa de 12 a 24 meses y trabajos comunitarios que duran entre 10 y 40 días.