¿En qué casos o supuestos no cubre el seguro del coche?
El seguro no cubre cuando…
- Por norma general todos los vehículos deben contar con una póliza de seguros básica obligatoria que cubre la responsabilidad civil del conductor frente a terceros. Ojo, ya que este seguro de coche obligatorio cubre daños frente a terceros pero nunca cubrirá los daños personales o materiales que tengan tanto el conductor como el propio vehículo cuando sea él el responsable de ese accidente, aunque sí los del resto de ocupantes.
- Si tienes un percance o accidente, el seguro de coche no se hará responsable en caso de que tu vehículo no haya pasado la ITV.
- Si provocas un accidente y conducías bajo los efectos del alcohol o cualquier otro tipo de droga, está claro que el seguro de coche tampoco se hará cargo.
- Si conduces sin carnet de conducir.
- Por norma general, muchas compañías no suelen hacerse cargo de la asistencia en carretera cuando se trata de caminos, caminos de tierra o vías no aptas para la circulación.
- Si en algún momento se te ocurre incluir o implementar algún tipo de extra o piezas diferentes a tu vehículo, asegúrate que están homologadas. Nuestra recomendación es que se lo comuniques a tu seguro de coche para que ellos te confirmen si estas modificaciones están homologadas.
- A veces, los seguros desconfían cuando se produce un accidente entre dos familiares, incluso pueden dudar si es entre vecinos. Pueden negarse a hacerse cargo de los daños alegando fraude.
- No puedes llevar más carga o pasajeros de los permitidos. Si se produce un siniestro en este caso, el seguro de coche no cubrirá los daños, el titular del seguro será quien deba hacerse responsable de cualquier daño o indemnización.
- Es obligatorio ayudar a los accidentados en caso que hayamos provocado un siniestro; si no les ayudas o asistes estarás cometiendo un delito de omisión por socorro, aunque el seguro de coche debería hacerse cargo de los daños producidos a terceros.
- Por último y por norma general, ninguna empresa de seguros de coches se hará responsable o indemnizará por fenómenos naturales tales como un terremoto, tsunami, inundación, huracán, accidente nuclear o hechos declarados como ‘catástrofe nacional’.