La Inspección Técnica de Vehículos, la famosa ITV, es un trámite obligatorio para todos los vehículos que circulan por España. El objetivo de la misma es asegurar que se cumplen con los requisitos indispensables para asegurar la seguridad tanto de los ocupantes del mismo, como de todos aquellos que comparten carreteras.
Dependiendo de la fecha de matriculación, se debe superar la inspección cada cierto tiempo, aunque la primera de todas se debe cumplir a los cuatro años de la matriculación. A partir de aquí, los tiempos cambian. Según un estudio del Instituto ISVA, La Universidad Carlos III de Madrid y la asociación AECA-ITV, más de 2,6 millones de turismos circulan sin tener en regla la ITV, con una excusa, en la mayoría de los casos, que atañe a los elevados costes de reparación que en ocasiones se hacen necesarias para poder superar la inspección.
No obstante, no pasar la Inspección Técnica de Vehículos conlleva una serie de problemas especialmente importantes, que van más allá de las multas, las cuales, pueden llegar hasta los 500 euros.
Según la ley actual, la multa por no llevar la ITV caducada es de 200 euros y conlleva la retirada del permiso de circulación. Las multas pueden llegar por un agente de tráfico o bien, por los radares capaces de detectar si el vehículo no lleva al día la inspección. En caso de tener una ITV negativa, es decir, que no ha superado la prueba por diversos motivos (por norma general, defectos muy graves), la multa asciende a 500 euros.
Desde el momento que nos notifican la multa por contar con la ITV caducada, se dispone de diez días naturales para proceder a pasar la inspección. Los agentes entregarán una autorización que permite circular durante esos diez días únicamente para llevar el vehículo al taller y posteriormente, superar la ITV. Si el propietario no supera la ITV en esos diez días, Tráfico procederá a dar de baja el vehículo. Si aún así continua circulando con el vehículo, los agentes de tráfico inmovilizaran el vehículo y podría ser precintado.
Además, nos arriesgamos a poder sufrir un accidente por el mal funcionamiento del vehículos, en cuyo caso, la compañía con la que se haya contratado el seguro puede negarse a cubrir los daños ya que la ITV obligatoria para todos, asegura el buen funcionamiento del vehículo. Si nos vemos en esta situación, tendremos que responder nosotros ante los gastos ocasionados con nuestro patrimonio.