Trámites a seguir para transferir un vehículo

 

Hola amigos, esta vez vamos a utilizar nuestro blog para indicaros los pasos a seguir a la hora de cambiar la titularidad de un vehículo, ya sea porque lo habéis comprado, vendido u otro motivo similar, veréis que es bastante sencillo.

El cambio de titularidad del vehículo ha de solicitarse en la Jefatura de Tráfico del domicilio del interesado o en la de matriculación del vehículo. Los pasos que hay que dar para transferir la propiedad del vehículo son:

  • Solicitar en Tráfico o descargar de la página web de la DGT los impresos oficiales y rellenarlos (notificación de transmisión de vehículos y solicitud de transmisión). Una vez abiertos los PDF, se pueden rellenar los campos en blanco directamente desde cualquier ordenador. Luego basta con imprimirlos y entregarlos, firmados por ambas partes, en la oficina correspondiente, que puede localizarse también a través de en la Red.
  • Abonar la tasa correspondiente: ronda entre los 50 y 60 euros. No existe un criterio sobre quien ha de pagar la tasa, Tráfico únicamente pide el resguardo de que se ha pagado para iniciar los trámites.
  • El vendedor aportará dos fotocopias del DNI, una para Tráfico y otra para pagar el Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales en las oficinas de Hacienda de la comunidad autónoma del comprador del coche (el importe es el 4% de la valoración asignada por la Consejería de Hacienda al vehículo en función del modelo y del año de matriculación). Si el comprador es una persona física presentará documento oficial que acredite su identidad y domicilio (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia). Para los extranjeros residentes en nuestro país se requiere el pasaporte acompañado del Número de Identificación de Extranjeros. Las empresas o personas jurídicas aportarán la tarjeta de identificación fiscal y acreditarán la representación e identidad de quien firme. Si se trata de menores o incapacitados se precisarán los datos y la firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.

Si con anterioridad no se hubiera notificado la venta, para identificar al vendedor y vehículo se precisa, además, del DNI del primero:

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  • Tarjeta de ITV con el reconocimiento en vigor si el coche tiene más de 4 años.
  • Justificante del pago/exención/no sujeción de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales liquidado en la comunidad autónoma, salvo que el vendedor sea un empresario en el ejercicio de su actividad, en cuyo caso aportará factura.
  • Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del año anterior o del año en curso.

Para los vehículos agrícolas, además de los documentos anteriores, se requiere el correspondiente a la inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la comunidad autónoma. De igual modo, se exige el certificado de transportes para autobuses o vehículos de transporte de mercancías. Los vehículos procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla tienen que presentar un certificado de Aduanas que acredite el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Si se quiere efectuar una transferencia por fallecimiento se tiene que acreditar fehacientemente la adjudicación del vehículo y pagar el Impuesto de Sucesiones. Previamente a la solicitud de un cambio en la titularidad del vehículo el propietario deberá cancelar cualquier deuda pendiente de financiación inscrita en el Registro de Bienes Muebles. Asimismo deberá abonar, si tuviera, las multas impuestas.

Una vez abonados el Impuesto de Transmisiones y la tasa correspondiente, la Jefatura Provincial de Tráfico expedirá el nuevo permiso de circulación a nombre del comprador, quien figurará como nuevo titular del vehículo.

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Lo más práctico para evitar posibles contratiempos es que el comprador y el vendedor vayan juntos a tramitar la solicitud del cambio de titularidad del vehículo ante la Jefatura Provincial de Tráfico -de la provincia del domicilio legal de cualquiera de ellos o de aquélla en que se matriculó el vehículo-, aunque el comprador dispone de 30 días para solicitar el permiso de circulación del vehículo y justificar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Si alguien no puede acudir en persona a realizar los trámites, otra persona autorizada lo puede hacer en su lugar portando el original de su propio DNI y una autorización para realizar la gestión.

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